DEPARTAMENTO DE WORKFORCE SERVICES DE UTAH
SEGURO DE DESEMPLEO
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Usted será responsable de saber la información que se encuentra en esta guía. Por favor, léala cuidadosamente y manténgala como referencia durante su reclamo.
Usted tendrá que hacer su reclamo semanalmente aunque esté esperando por una resolución. De lo contrario, no recibirá beneficios por esas semanas. Para mayor información sobre reclamos semanales, lea la sección titulada Instrucciones Sobre su Reclamo Semanal. El método preferible para hacer su reclamo semanal es por el Internet en nuestro sitio http://jobs.utah.gov/ui/continuedclaims/. También pueda llamar el Centro de Reclamos.
Usted debe ser la única persona que sabe su número PIN. Su número PIN es como su FIRMA cuando haga su reclamo semanal. No permita que alguien más tenga acceso a su número PIN. Usted será responsable por cualquier pago indebido o fraudulento por el uso de su número PIN. Si otra persona se entera de su número PIN, comuníquese con el Centro de Reclamos inmediatamente para cambiar su número PIN.
Esta Guía le informará sobre los requisitos necesarios para un reclamo de beneficios. Esta guía no mencionará todas las leyes y reglas que afectan el programa de Seguro de Desempleo. Si necesita ayuda con o si tiene preguntas sobre su reclamo, comuníquese con el Centro de Reclamos a:
| Condado de Salt Lake y Davis Sur | 526-4400 | Condado de Weber y Davis Norte | 612-0877 | Condado de Utah | 375-4067 | El resto del Estado o Fuera del Estado | (888) 848-0688 |
Para mayor información sobre las leyes y reglas del programa de Seguro de Desempleo, visite el sitio en el Internet: jobs.utah.gov.
Al enviar su reclamo para participar en el programa de Seguro de Desempleo, usted autoriza que su empleador comparta con el Departamento de Workforce Services (DWS), toda la información necesaria para determinar su elegibilidad, aunque ésta sea confidencial. La ley de Utah requiere que todos los empleadores reporten a DWS información sobre salarios y separación de trabajos de todos los trabajadores que están cubiertos bajo el Acto de Seguridad de Empleo de Utah (Utah Employment Security Act).
Si usted no provee toda la información necesaria a DWS para determinar su elegibilidad para recibir beneficios, es posible que estos beneficios le sean negados.
La información que usted, o su empleador, provea a DWS podrá:
DWS no está autorizado para revelar información sobre su reclamo a su esposa, amigos, bancos convencionales, bancos de credit union, u otra agrupación, a menos que usted haya firmado un formulario de autorización, o exista una orden judicial.
Los empleadores pagan el costo total del programa de Seguro de Desempleo.
Estos beneficios son para los trabajadores elegibles que (1) hayan acumulado suficientes sueldos durante el período base, (2) se encuentren desempleados no por culpa propia, (3) tengan la capacidad de trabajar tiempo completo, y (4) estén dispuestos a trabajar, y estén activamente buscando oportunidades de trabajo de tiempo completo.
El programa de Seguro de Desempleo no es igual a los programas de asistencia pública, Seguro Social, o asistencia por incapacidad. El propósito del programa de Seguro de Desempleo es hacer pagos de beneficios a personas que sean elegibles durante épocas de desempleo, cuando un trabajo apropiado no se encuentre disponible.
El Período de Base es el tiempo usado para determinar la cantidad de los pagos de beneficios semanales, y el número de semanas que podría recibir estos beneficios.
El período de base incluye los primeros cuatro de los últimos cinco trimestres completos antes de la semana en la que hace su reclamo para recibir beneficios. Un trimestre es un período de tres meses que termina en el 31 de Marzo, el 30 de Junio, el 30 de Septiembre, o el 31 de Diciembre.
Por Ejemplo:
| Si usted hace su reclamo durante las siguientes fechas: | Su período base de 12 meses caería en las siguientes fechas: |
| De Enero a Marzo | Del 1 de Octubre al 30 de Septiembre |
| De Abril a Junio | Del 1 de Enero al 31 de Diciembre |
| De Julio a Septiembre | Del 1 de Abril al 31 de Marzo |
| De Octubre a Diciembre | Del 1 de Julio al 30 de Junio |
Para calificar y recibir beneficios, usted debió haber recibido ingresos en dos o más trimestres de su período de base, y el total de sus ingresos durante el período de base debe ser por lo menos 1.5 veces el sueldo que usted ganó en su trimestre más alto. También, existe una cantidad mínima de sueldo requerido durante el período de base.
Si usted no califica usando la formula explicada anteriormente, usted aun podría calificar si proporciona prueba que trabajó por lo menos 20 semanas durante el período de base, y ganó una cantidad mínima especificada cada semana. Llame al Centro de Reclamos para solicitar esa cifra.
Su reclamo nuevo, o reabierto, es normalmente efectivo el Domingo antes de la fecha en que hizo su reclamo para beneficios, si no trabajó tiempo completo durante esa semana.
Poco después de su reclamo inicial, usted recibirá un “Aviso de Determinación Monetaria”. Este aviso incluye los ingresos reportados por su empleador(es) durante el período base, y la cantidad de beneficios del Seguro de Desempleo que podría recibir si cumple con todos los requisitos de elegibilidad.
Examine cuidadosamente los ingresos reportados y los empleadores que aparezcan en la Determinación Monetaria. Si hacen falta sueldos o empleadores, esto puede causar una reducción en sus beneficios, o inclusive, prevenir que usted califique. Si considera que los ingresos o empleadores reportados están incorrectos, por favor, siga las instrucciones que se encuentran en el “Aviso de Determinación Monetaria”.
Si ha ganado lo suficiente para calificar para recibir beneficios de Seguro de Desempleo, el número de semanas de beneficios que recibirá podrá fluctuar entre 10 y 26 semanas. Su determinación monetaria indicará el número de semanas que califica.
Su reclamo se establece por un período de 52 semanas llamado Año Beneficiario. Inicia con la fecha efectiva de su reclamo, y termina 52 semanas después de esa fecha. Usted puede solicitar beneficios para las semanas que esté desempleado hasta que sus beneficios se hayan agotados. También, podrá solicitar beneficios si cuenta con ingresos de un trabajo de medio tiempo que sea menos que la cantidad de beneficios que recibe semanalmente. Al final del Año Beneficiario su reclamo terminará, independientemente si recibió o no todos sus pagos de beneficios. Usted no podrá iniciar otro reclamo para recibir beneficios con Utah, hasta que su Año Beneficiario haya terminado.
Aunque usted haya ganado suficiente para calificar para recibir beneficios, también existen otros requisitos que debe satisfacer para calificar. Por Ejemplo, si renunció, o fue despedido de su trabajo, un representante de DWS obtendrá información sobre usted y su empleador y determinará su elegibilidad para recibir beneficios.
Si la separación de su trabajo fue por razones calificativas tal como se encuentran definidas por la ley de Seguro de Desempleo, usted empezará a recibir pagos de beneficios por las semanas solicitadas, esto es, asumiendo que no existan otros problemas con su reclamo. Si el Departamento determina que su razón de separación es injustificable, usted recibirá un Aviso de Decisión por correo explicando la razón de la negación, sus derechos de apelar dicha decisión y condiciones posibles bajo las cuales podría recalificar.
Una vez que califique, la ley de Utah requiere que la primera semana elegible de su reclamo no reciba pagos de beneficios. A esta semana se le conoce como La Semana de Espera. Durante esta semana debe solicitar y satisfacer todos los requisitos de elegibilidad para establecer su reclamo y recibir crédito por la semana de espera.
Usted debe reportar al Centro de Reclamos todos los pagos que reciba, o vaya a recibir, por compensación de vacaciones, días festivos, o despido. La compensación de vacaciones, los pagos por días festivos, y la indemnización por despido usualmente son considerados ingresos. Si estos pagos son iguales a o exceden la cantidad de su beneficio semanal, no calificará para recibir crédito por la semana de espera, o Seguro de Desempleo durante estas semanas. DWS determinará el número de semanas inelegibles.
Si usted satisface todos los requisitos de elegibilidad y hace su reclamo cada semana, usted recibirá su primer pago aproximadamente tres semanas después de solicitar beneficios. Si después de cuatro semanas no ha recibido su primer pago o una carta de descalificación, comuníquese con el Centro de Reclamos. Recuerde que se necesita dos días hábiles de la fecha en que un pago es enviado por el Departamento hasta que los fondos son disponibles en su cuenta bancaria o en su tarjeta EPPI.
Los pagos de beneficios no se realizan el mismo día cada semana. Por favor, permita 7 días después de que haya hecho su reclamo semanal antes de contactar el Centro de Reclamos acerca de su pago. (Vea las Instrucciones Sobre su Reclamo Semanal.) Esta información también es disponible en el sitio en el Internet: jobs.utah.gov.
Todos los pagos de beneficios por desempleo son hechos electrónicamente. Recibirá por correo un formulario con instrucciones que le permitirá escoger recibir pagos por depósito directo en su cuenta bancaria o escoger recibir pagos en una cuenta bancaria débito EPPI que será establecida para usted. Recibirá una tarjeta débito EPPI no obstante el método de pago que escoge. La tarjeta débito EPPI será válida para cualquier reclamo nuevo que usted establece durante los próximos tres años. Guárdela en un lugar seguro, porque usted puede usarlo si establece un reclamo nuevo durante ese tiempo. Si necesita una tarjeta nueva durante ese período de tres años, será cargada un pago para reemplazarla. Inicialmente todos los pagos para beneficios serán depositados en la cuenta bancaria de la tarjeta débito EPPI hasta que el formulario sea devuelto autorizando el método de pago que usted escoge. Tardará un mínimo de dos días hábiles desde la fecha que un pago es enviado por el Departamento hasta que los fondos serán disponibles en su tarjeta EPPI. Beneficios serán negados si el formulario no es devuelto como es instruido.
El método preferido para el pago de Seguro de Desempleo es el depósito directo a su cuenta de cheques o de ahorros. Tardará un mínimo de dos días hábiles desde la fecha que un pago es enviado por el Departamento hasta que los fondos serán disponibles en su cuenta bancaria. Si no eligió la opción de depósito directo, puede hacerlo en cualquier momento por imprimir, llenar, y enviar por correo el formulario titulado Autorización de Pago Electrónico disponible en el Internet en nuestro sitio jobs.utah.gov. También puede llamar al Centro de Reclamos para pedir este formulario.
Estados de cuenta mensuales no le estarán enviados automáticamente si seleccione depósito directo como su método de pago. Si desea recibir un estado de cuenta mensual, llame al Centro de Reclamos, y pida que uno le sea enviado.
La Tarjeta EPPI Mastercard de Utah funciona como una tarjeta de débito común. Esta opción se permite que sus pagos de beneficios son depositados en una cuenta separada, creada para usted, por la compañía que expidió la tarjeta. Se necesita lo mínimo de dos días hábiles de la fecha que un pago es enviado por el Departamento hasta que fondos serán disponibles en su tarjeta débito EPPI. Usted tendrá acceso a su dinero al realizar compras, o al hacer retiros usando su tarjeta. No se necesita tener una cuenta bancaria o pasar una verificación de su crédito. Su tarjeta EPPI será aceptada en todos los establecimientos que acepten tarjetas de débito Mastercard. El Departamento le enviará un estado de cuenta mensual listando los pagos hechos en su tarjeta EPPI.
La tarjeta débito EPPI será válida para cualquier reclamo nuevo que usted establezca durante los próximos tres años. Guárdela en un lugar seguro, porque usted puede usarla si establece un reclamo nuevo durante ese tiempo. Si necesita una tarjeta nueva durante ese período de tres años, será cargado un pago para reemplazarla.
Su tarjeta EPPI también puede ser usada para otros pagos hechos por El Estado de Utah, como pagos de soporte financiero infantil.
Lea también Seguridad de la Tarjeta EPPI. Si su tarjeta es perdida o robada, debe notificar ACS a 1-800-241-9499 inmediatamente.
RECUERDE: Beneficios serán negados si el formulario titulado Autorización de Pago Electrónico es recibido más tarde de nueve días hábiles de la fecha enviada en el formulario.
Será responsable de mantener segura la tarjeta EPPI que es autorizada por el Departamento. Manteniendo segura la tarjeta significa que la tarjeta y el número PIN nunca son guardados juntos, que la tarjeta está guardada en un lugar seguro, y que usted es la única persona que sabe el número PIN. Si pierde su tarjeta EPPI, debe reportar la pérdida al Departamento y a ACS, quien emitió la tarjeta. Llame ACS a 1-800-241-9499. Debe cambiar su PIN inmediatamente aunque no está haciendo reclamos semanales. Si no reporta la pérdida de la tarjeta y cambia el PIN inmediatamente, o si no mantiene la tarjeta segura, continuará siendo responsable de los reclamos y beneficios sacados de la tarjeta EPPI.
La manera más sencilla de cerrar su reclamo es simplemente dejar de hacer su reclamo semanal.
DWS cerrará su reclamo automáticamente si:
Si su reclamo ha sido cerrado, usted debe reabrir su reclamo para recibir pagos de beneficios.
Usted puede reanudar su reclamo a través de nuestro sitio en el Internet jobs.utah.gov, o por llamar al Centro de Reclamos. Su reclamo será reactivado el Domingo de la semana en la cual lo solicite. Si se aplica, tendrá que proveer las fechas que trabajó y los nombres de todos los empleadores para los que trabajó a partir del último reclamo.
Si desea solicitar beneficios de Seguro de Desempleo mientras busca un empleo fuera del estado, debe hacerlo por medio del Internet o el teléfono. Para hacer su reclamo vía Internet, vaya a la página jobs.utah.gov, y seleccione “Reclamo Semanal.” Para solicitar por telefónica, marque el número 1-(888)-848-0688.
Si viaja o se muda a un lugar fuera de los Estados Unidos, debe informárselo al Centro de Reclamos. Dependiendo de las circunstancias, el viajar o trasladarse al extranjero podría afectar su elegibilidad continua para recibir Seguro de Desempleo.
Si cambia de dirección, llame al Centro de Reclamos para reportarlo. Información crítica será enviada a la dirección mostrada en los archivos del Departamento.
Si existe una apelación pendiente en su reclamo, usted también debe notificar a la Oficina de Apelaciones del cambio de su dirección.
Si existe una orden judicial, o un acuerdo firmado por usted que requiera el pago de Soporte Financiero Infantil a la Oficina de Servicios de Recaudación (ORS), la cantidad de beneficios que reciba semanalmente será reducida hasta un 50%. La Oficina de Servicios de Recaudación de Utah controla la cantidad de Soporte Financiero Infantil que se descuenta de sus pagos de beneficios de Seguro de Desempleo. Si tiene preguntas sobre la cantidad que será deducida, comuníquese con la Oficina de Servicios de Recaudación.
La compensación del Seguro Social u otros ingresos por jubilación, incluyendo jubilación por incapacidad, serán deducidos de sus pagos de beneficios semanales.
Si solicita o recibe algún tipo de compensación por jubilación, o ingreso de jubilación o por incapacidad, usted debe reportar esta información al Centro de Reclamos inmediatamente. Después de reportar esta información se le enviará un aviso por correo informándole si el ingreso será deducido de sus beneficios. La consecuencia de no reportar pagos de compensación por jubilación, o ingresos de jubilación por incapacidad, o cambios en esos ingresos, puede ser la negación de su reclamo, y posiblemente la generación de pagos excesivos. (Vea la sección sobre Fraude).
Si recibe ingresos retroactivos por jubilación durante un período de tiempo en el que también recibió pagos de beneficios de Seguro de Desempleo, usted será responsable de cualquier pago excesivo, y tendrá que devolver ese dinero en su totalidad a DWS.
Los pagos de beneficios de Seguro de Desempleo están sujetos al pago de impuestos. Usted puede escoger que le retengan 10% de su pago semanalmente por los impuestos federales, y 5% por los impuestos estatales. Todos los impuestos retenidos serán transmitidos inmediatamente al la oficina de Servicios de Ingresos Internos (IRS), y la Comisión de Impuestos del Estado (State Tax Commission). Si lo desea, podrá cambiar su estatus de pago de sus impuestos para el reporte de beneficios futuros por contactar el Centro de Reclamos.
DWS le enviará un aviso (Formulario 1099-G) antes del 31 de Enero de cada año reportando los pagos de beneficios hechos y la cantidad de impuestos retenidos durante el año anterior. Este aviso será enviado por correo a la última dirección que aparezca en su reclamo. Notifique a DWS de cualquier cambio de dirección para asegurarnos que recibirá su formulario 1099-G.
Su formulario 1099-G también se encuentra disponible en la página del Internet jobs.utah.gov.
DWS reportará el total de pagos de beneficios de Seguro de Desempleo, y los impuestos retenidos, al IRS y a la Comisión de Impuestos del Estado.
Reporte todo lo que ha trabajado y los ingresos que ha recibido durante la semana que haya trabajado, aunque aún no los haya recibido. Durante el tiempo que reciba Seguro de Desempleo, usted es responsable de reportar correctamente sus ingresos totales (antes de los impuestos, y otras deducciones).
Usted debe reportar:
También, debe reportar:
Usted tiene la responsabilidad de proveer información correcta y completa. Si recibe más ingresos de los reportados, su obligación es contactar al Centro de Reclamos inmediatamente para corregir previos reportes de ingresos.
El no reportar información correcta sobre empleos e ingresos, incluyendo trabajo de medio tiempo o temporal, tendrá como consecuencia la creación de pagos excesivos y penalidades. (Vea la sección sobre Fraude).
Si tiene preguntas sobre que tipo de trabajos e ingresos debe reportar, comuníquese con el Centro de Reclamos.
Usted debe reportar todos sus ingresos durante el tiempo que reciba Seguro de Desempleo. DWS aplicará 30% de sus ingresos permitidos para calcular sus pagos de beneficios semanales. Por ejemplo, si sus pagos de beneficios semanales son normalmente $200.00 dólares, usted podría ganar $60.00 dólares (30% de $200.00) sin que afecte el pago por esa semana.
Si sus ingresos son iguales o exceden la cantidad de su beneficio semanal, o si trabaja 40 horas o más durante la semana, no recibirá pagos de beneficios o crédito para su semana de espera por esa semana.
Cuando encuentre trabajo de tiempo completo, puede cerrar su reclamo por llamar el Centro de Reclamos y reportar que usted ha regresado a trabajar tiempo completo. También puede cerrar su reclamo simplemente por no hacer sus reclamos semanales cuando usted comienza a trabajar. Después de tres semanas de no hacer reclamos semanales, el sistema cerrará su reclamo. Si continúa haciendo sus reclamos semanales y gana más que la cantidad de sus beneficios semanales, por cuatro semanas consecutivas, el sistema automáticamente cerrará su reclamo. Si o cuando necesita reabrir su reclamo, hágalo en el sitio Internet del Departamento a jobs.utah.gov, o llame el Centro de Reclamos.
Si trabaja menos de tiempo completo y gana menos de la cantidad de su beneficio semanal durante una semana particular, puede continuar haciendo un reclamo semanal porque será autorizado a recibir beneficios de desempleo si es elegible. Recuerde de reportar con exactitud todas sus ganancias en bruto.
Usted debe estar física y mentalmente capaz para trabajar tiempo completo. Si está enfermo, herido, autorizado para ausentarse del trabajo, o incapaz de trabajar por cualquier otra razón, es posible que no califique para recibir pagos de beneficios por ese período de tiempo.
Si existen condiciones que no le permitan trabajar, aceptar trabajo o buscar trabajo de tiempo completo, es requerido que reporte que no está disponible para trabajar. Esto incluye, pero no se limita a, estar de viaje, enfermo, lesionado, hospitalizado, encarcelado, su asistencia escolar, perdida de proveedor de cuidado infantil, o perdida de transporte. Es posible que le sea requerido presentar evidencia de su incapacidad para trabajar, como por ejemplo una nota del Doctor.
Usted debe estar disponible de inmediato para aceptar empleos de tiempo completo. No puede poner restricciones irracionales en cuanto a las horas que trabajará, el pago que aceptará, o la distancia que recorrerá para ir a trabajar.
Si su empleador está reservando su trabajo mientras esté ausente por razones médicas, o por razones familiares bajo el Acto de Ausencia Médica de 1993 (Medical Leave Act of 1993), usted no será considerado disponible para trabajar.
Durante el tiempo que reciba pagos de Seguro de Desempleo, su obligación es volver a ser empleado, y desarrollar un plan realista para lograr este objetivo. El contactar empleadores será una parte vital de su plan de reempleo. A menos que un representante de DWS le diga lo contrario, usted debe hacer esfuerzos honestos por encontrar empleo de tiempo completo cada semana que reciba pagos de Seguro de Desempleo, aunque haya encontrado empleo de medio tiempo.
Actividades adicionales para el desarrollo de un empleo, tales como redactar su resumen, visitar páginas del Internet de empleadores, crear relaciones que pudieran ayudarle a encontrar empleo, contactar agencias de empleo privadas o religiosas, o visitar Centros de Empleo de DWS, aumentarán sus posibilidades de encontrar un buen empleo. La frase “realizar esfuerzos honestos por encontrar empleo” significa que usted llevará a cabo este tipo de esfuerzos personales para encontrar un buen empleo dentro de su profesión, o en áreas similares. Sus esfuerzos deben reflejar un deseo genuino por obtener empleo inmediatamente.
Usted debe lograr por lo menos dos contactos semanales con empleadores que no haya contactado previamente. Si no lo hace, sus pagos de beneficios semanales le serán negados. Sin embargo, DWS evaluará sus esfuerzos generales de búsqueda de empleo durante la semana, antes de tomar una determinación sobre su elegibilidad.
Usted tiene la responsabilidad de mantener un registro detallado de sus actividades de búsqueda de empleo. Usted puede ser seleccionado en cualquier momento para tener un repaso de su elegibilidad, durante el cual se le pedirá que provea información sobre el registro de sus contactos. El registro de sus contactos a empleadores debe incluir lo siguiente: (1) Fecha del contacto, (2) Nombre de la compañía y número telefónico, (3) Nombre de la persona que usted contactó, (4) Tipo de trabajo, (5) Medio de contacto, y (6) Resultados. El no proveer esta información después de haber sido solicitada, tendrá como consecuencia la negación de sus beneficios.
Si su período de desempleo continúa, debe expandir su búsqueda de empleo incluyendo trabajos que paguen menos.
Usted debe buscar y aceptar empleos apropiados.
Lo apropiado de un trabajo depende del tiempo que usted haya estado desempleado. Se le permitirá tiempo para buscar empleos que se comparen al salario más alto o que requirieran el nivel de maestría más alta de cualquier empleo durante su período base, si exista una probabilidad razonable de obtener ese tipo de empleo.
Sin embargo, a medida que su tiempo de desempleo aumenta, se espera que esté dispuesto a tomar decisiones sobre trabajos que paguen menos, ofrezcan diferentes condiciones de trabajo, diferentes deberes y responsabilidades, y menos uso de capacitaciones previas.
Usted no está forzado a aceptar empleos si:
Si no: (1) Acepta la referencia de un trabajo apropiado, (2) Solicita apropiadamente trabajo disponible, o (3) Acepta una oferta de trabajo apropiado, su reclamo de Seguro de Desempleo será negado. Usted debe reportar cualquier falla a DWS en la semana que ocurrió, incluso si pensó que el trabajo no reunía condiciones apropiadas. El reportar información incorrecta puede constituir fraude. (Vea la sección sobre Fraude.)
Usted debe reportar cuando no acepte un trabajo por cualquier razón, aunque piense que el trabajo no satisface condiciones apropiadas. Esto incluye: (1) Rechazar el aumento o adición en las horas de trabajo ofrecidas por su empleador, (2) Rechazar trabajo ofrecido por un nuevo empleador, o (3) Rechazar un trabajo ofrecido por un empleador para el que solía trabajar.
El rechazo aunque sólo sea de una hora de trabajo debe ser reportado.
Todo trabajo por cuenta propia o comisiones recibidas por ventas deben reportarse inmediatamente a un representante del Centro de Reclamos. Si no gana un salario o recibe pago durante el tiempo que trabaje por cuenta propia o en ventas de comisión, es posible que su reclamo sea negado. Si no provee esta información a un representante del Centro de Reclamos existe la posibilidad de generar pagos excesivos y recibir multas. (Vea la sección sobre Fraude.)
A menos que se le instruya de otra manera, es un requisito inscribirse con el Departamento de Workforce Services para recibir Asistencia de Colocación Laboral. El método de inscripción preferido es por medio del Internet a jobs.utah.gov. También, puede inscribirse en el Centro de Empleo DWS más cercano a usted. Si no se inscribe durante los primeros cinco (5) días hábiles de su reclamo inicial para recibir Seguro de Desempleo, su reclamo puede ser negado. Las direcciones y servicios proveídos por los Centros de Empleo DWS se encuentran disponibles en esta guía.
Su asistencia a entrenamiento o a una escuela puede interferir con su habilidad para trabajar, y su elegibilidad para recibir Seguro de Desempleo. Su asistencia a cualquier escuela, capacitación, o entrenamiento debe reportarse cuando haga su reclamo semanal. La asistencia escolar podrá ser autorizada durante el tiempo que reciba Seguro de Desempleo solamente bajo circunstancias limitadas.
Si después de cinco semanas continúa recibiendo pagos de Seguro de Desempleo, usted puede recibir un aviso para informarle que debe completar un repaso de elegibilidad en nuestra página del Internet para verificar su elegibilidad. Estos beneficios pueden ser negados por cualquiera de las siguientes razones a continuación: (1) Si no completa el repaso para la verificación de su elegibilidad, (2) Si no proporciona una lista de los contactos de empleadores, o (3) Si anota en su lista de contactos empleadores que no se puedan verificar.
Cada semana se seleccionan reclamos al azar para llevar a cabo una revisión. Los auditores verifican cualquier cosa que afecte su elegibilidad en el programa de Seguro de Desempleo (UI) incluyendo búsquedas de empleo, ingresos durante el período de base, razón por separación, asistencia escolar, trabajo e ingresos durante su reclamo.
Si recibe pagos de Seguro de Desempleo sin haberlos merecido, entonces se ha creado un pago excesivo. Los avisos de pagos excesivos pueden ser acompañados, o seguidos, por un aviso de negación, junto con instrucciones sobre como devolver el dinero y sobre el proceso de apelación. Pagos excesivos de beneficios son establecidos por el total de la cantidad de beneficios que recibe semanalmente antes de cualquier deducción como Soporte Financiero Infantil, devolución para servicio de Alimentos, o impuestos.
Devolución de sus pagos excesivos como se le indique es importante. De lo contrario, la cantidad del pago excesivo será recaudada por embargo de sus impuestos, salarios, cuentas de banco, o por medio de la venta de sus pertenencias bajo la inspección de un sheriff. Usted puede solicitar un acuerdo que le permita pagar lo adeudado en partes.
Si el Departamento determina que la creación del pago excesivo no fue su culpa, y usted satisface todas las pautas de pobreza, podrá solicitar una renuncia del pago excesivo.
Cuando tiene un pago excesivo para servicio de Alimentos que no es pagado, sus beneficios semanales pueden ser reducidos hasta cincuenta por ciento para recobrar este pago excesivo. Si tiene preguntas acerca de la cantidad siendo recobrada, puede contactar el Public Assistance Overpayment Unit a (801) 526-9810 o 1-800-821-2239.
Se comete fraude cuando una persona hace declaraciones falsas, proporciona información falsa, u omite información para obtener pagos de beneficios inelegiblemente. El no reportar ingresos, o la separación de un trabajo durante el período de reclamo, son ejemplos de fraude.
Solamente usted está autorizado para hacer su solicitud para recibir pagos de Seguro de Desempleo. La responsabilidad de hacer su reclamo semanal no puede ser delegada a otra persona, incluyendo su cónyuge. Usted será totalmente responsable por cualquier información falsa que se provea.
No permita que nadie tenga acceso a su número PIN. Su número PIN es como su FIRMA cuando haga su reclamo semanal. Si alguien sabe cuál es su número PIN, aunque sea su cónyuge, llame al Centro de Reclamos para cambiar su número PIN.
Todas, o algunas de las siguientes penalidades pueden aplicarse por cometer fraude:
Utah cuenta con una división de detección contra el fraude de tiempo completo, para identificar y recomendar juicios criminales a aquellos que cometan fraude.
Si sus pagos de beneficios son negados, recibirá un aviso con la decisión por escrito con las fechas y razones de la decisión. Léelo cuidadosamente. Este aviso incluirá instrucciones sobre como solicitar una apelación a tiempo. El no presentar la apelación a tiempo puede prevenirle cambiar la decisión original.
Se negarán sus pagos de beneficios si:
Esta lista no incluye todas las razones por las que sus pagos de beneficios pueden ser negados.
Usted tendrá la oportunidad de responder a cualquier información presentada a DWS que pueda causar la negación de sus pagos de beneficios. Usted tiene el derecho de apelar cualquier decisión sobre su reclamo.
Las leyes y reglas del programa de Seguro de Desempleo se encuentran en la página del Internet jobs.utah.gov.
Si apela una decisión, continúe haciendo su reclamo cada semana. De lo contrario, no recibirá pagos de beneficios por las semanas que esté desempleado, aunque la decisión final de la apelación esté a su favor, a menos que usted pueda demostrar causa buena por tardar en hacer su reclamo.
Cuando presente una apelación, recibirá copias de todos los documentos utilizados para determinar la decisión de negación. Se le dará la oportunidad de presentar evidencia, documentos y testigos durante la apelación.
El proceso de apelaciones del programa de Seguro de Desempleo no requiere una representación legal. La mayoría de los solicitantes se representan a si mismos. Durante la apelación, todas las partes interesadas recibirán asistencia para presentar la evidencia por medio de un Juez de Ley Administrativa. Si usted contrata a alguien para que le ayude con su apelación, usted tiene la responsabilidad de pagar cualquier honorario. La ley requiere que esta persona presente un documento por escrito solicitando la aprobación de honorarios a DWS antes de cualquier pago. El formulario junto con las instrucciones completas se encuentran disponibles en la oficina de Apelaciones.
Su empleador también tiene el derecho de apelar la decisión de los pagos de beneficios. Se le informará de cualquier apelación relacionada con sus beneficios. El participar en el proceso de apelación es para el beneficio de usted.
Las respuestas a muchas de las preguntas sobre su reclamo, pueden encontrarse en la página del Internet jobs.utah.gov. Ejemplos de la información disponible en la pagina del Internet incluyen:
También, puede llamar al Centro de Reclamos a los siguientes números telefónicos:
| Condado de Salt Lake y Davis Sur | 526-4400 | Condado de Weber y Davis Norte | 612-0877 | Condado de Utah | 375-4067 | El resto del Estado o Fuera del Estado | (888) 848-0688 |
Si tiene cualquier pregunta sobre una apelación, comuníquese con la Oficina de Apelaciones, P.O. Box 45244, Salt Lake City, UT 84145-0244; número telefónico (801) 526-9300: número de fax (801) 526-9242.
La asistencia por medio del Acto Mercantil proporciona ayuda a trabajadores desempleados por motivo de (1) importaciones extranjeras, o (2) tratados de comercio con ciertos países, como Canadá o México. Si fuera despedido por alguna de estas razones y fuera incluida en una petición aprobada por el Departamento Laboral de los Estados Unidos, usted podría calificar para recibir esta asistencia.
La asistencia por medio del Acto Mercantil puede incluir:
Si tiene preguntas sobre su elegibilidad para este programa, comuníquese con el Centro de Reclamos y hable con un especialista en la área del Acto Mercantil.
Para hacer un reclamo semanal, necesitará lo siguiente:
Cada vez que use el sistema utilizará su PIN. Su PIN es el número de cuatro dígitos que seleccionó cuando estableció su reclamo.
Si se le olvida su PIN, o necesita cambiarlo para mantenerlo seguro, comuníquese con el Centro de Reclamos. Un representante le ayudará establecer un PIN nuevo.
Usted es la única persona que debe saber su PIN. No permita que alguien más tenga acceso a su PIN, incluyendo su cónyuge. Su PIN es como su FIRMA cuando llene su reclamo semanal. Usted será responsable de cualquier pago inapropiado utilizando su PIN.
Usted debe hacer su reclamo semanalmente para recibir pagos de beneficios. La semana de reclamo de desempleo se inicia el Domingo y termina el Sábado a la medianoche. Le aconsejamos hacer su reclamo semanal los Domingos, o tan pronto como le sea posible después del Sábado. El método preferido para hacer su reclamo es por medio de nuestra página del Internet.
Para usar el sistema por medio del Internet, vaya a la página jobs.utah.gov, seleccione “File an Unemployment Claim”, y después seleccione “File Weekly Claims”.
Para usar el sistema telefónico, por favor llame al número apropiado:
| Condado de Salt Lake y Davis Sur | 526-4400 | Condado de Weber y Davis Norte | 612-0877 | Condado de Utah | 375-4067 | El resto del Estado o Fuera del Estado | (888) 848-0688 |
Cada semana debe contestar preguntas para determinar su elegibilidad para recibir pagos de beneficios. El no hacer un reclamo semanal a tiempo puede tener como consecuencia la cancelación de sus pagos. El sistema no le permitirá hacer su reclamo tarde. Si espera 21 días, o más para hacer su reclamo semanal, ésta se considerará tarde y su reclamo será cerrado. Si desea continuar haciendo reclamos, tendrá que reabrir su reclamo en la página del Internet jobs.utah.gov, o por llamar al Centro de Reclamos.
Usted hará su reclamo por la semana específica. Cuidadosamente conteste las preguntas que tengan que ver específicamente con esa semana. Todos los ingresos en bruto deben ser reportados de acuerdo con la semana que trabajó, sin importar cuando recibirá los pagos. Si reporta ingresos incorrectos intencionalmente, o por no prestar atención, estará cometiendo fraude. La ley provee castigos severos por recibir pagos de beneficios del programa de Seguro de Desempleo ilegítimamente.
Dependiendo del estatus de su reclamo se le harán algunas, o todas, las siguientes preguntas. Estas preguntas se aplican solamente a la semana específica que esta reportando:
Después de haber contestado las preguntas, sus respuestas le serán repetidas y tendrá la oportunidad de corregirlas o reiterarlas. TENGA CUIDADO: La ley provee castigos severos por recibir pagos de beneficios del programa de Seguro de Desempleo ilegítimamente. (Vea la sección sobre Fraude).
Si se da cuenta que cometió un error al hacer su reclamo, llame al Centro de Reclamos inmediatamente.