Igualdad De Oportunidad

Es contra la ley que el Departamento de Servicios de Empleo (DWS), que es recipiente de fondos federales, discrimíne basandose en lo siguiente:

  • En contra de cualquier indivíduo en los Estados Unidos a causa de su raza, color, religión, sexo, origen nacional, edad, incapacidad, afiliación política o creencia: y
  • En contra de cualquier benificiario de programas que reciben asistencia financiera bajo el Titulo I del Decreto de Inversión en Empleo de 1998 (WIA), basandose en que si es o no es ciudadano o inmigrante legal autorizado para trabajar en los Estados Unidos, o en la participación del indivíduo en cualquier programa o actividad que recibe fondos por medio de Titulo I de WIA.

El Departamento de Servicios de Empleo (DWS) no debe discriminar en ninguna de las siguientes áreas:

  • En la decisión de quien sera admitido o tendra acceso a cualquier programa o actividad que recibe fondos por medio del Titulo I de WIA;
  • En proporcionar oportunidades o en el trato de cualquier persona en respecto a tal programa o actividad; o
  • En hacer cualquier determinación de empleo en la administración de o en conexión con tal programa o actividad.

Qué Debe Hacer Si Usted Cree Que Lo Han Discriminado

Usted debe presentar una demanda o queja dentro de 180 dias a partir de la fecha en que la supuesta violación ocurrio ante:

  • El Estado de Utah, Oficial de Igualdad de Oportunidad del Departamento de Servicios de Empleo/Oficina de Servicio al Cliente al (801) 526-4390 o al 1-800-331-4341 
  • o por escrito al Departamento de Servicios de Empleo o al Centro de Derecho Civiles a los siguientes domicilios:

Las personas mudaz o sordas pueden llamar a: State Relay al 1-800-346-4128.

Equal Opportunity/Customer Relations
Department of Workforce Services
P.O. Box 45249
Salt Lake City, UT 84145-0249
The Director, Civil Rights Center (CRC)
U.S. Department of Labor
200 Constitution Ave. NW,
Room N-4123
Washington, DC 20210

Si presenta una queja ante el Departamento de Servicios de Empleo (DWS), debe esperar a que este departamento dícte un Aviso de Acción Final o hasta haber transcurrido 90 dias segun lo que ocurra primero de estas dos, antes de presentar queja con el Centro de Derechos Civiles (CRC) al domicilio antedicho.

Si DWS no le envia por escrito un Aviso de Acción Final dentro de 90 dias de la fecha en que Usted i nicio su queja, no necesita esperar a que el DWS dícte tal Aviso para presentar su queja ante el Centro de Derechos Civiles (CRC). Sin embargo, sí necesita presentar su queja ante el CRC, se debe de hacer antes de 30 dias a partir del plazo dado de 90 dias, es decir, a más tardar 120 dias de la fecha en que primero presentó su queja o demanda ante el DWS.

Si el DWS le otorga un Aviso de Acción Final pero Usted no esta satisfecho con la decisión o resolución, puede presentar su queja ante el CRC. Debe hac er esto antes de 30 dias despues de haber recibido el Aviso de Acción Final.